El Observatorio Gallego de Dinamización Demográfica tendrá la siguiente composición, que procurará una participación equilibrada de mujeres y hombres:
la) Presidencia.
La Presidencia del Observatorio Gallego de Dinamización Demográfica le corresponde a la persona titular de la consellería competente en materia de bienestar social.
En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, la persona titular de la Presidencia será sustituida por la titular de la Vicepresidencia, salvo que, por vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal de ambas dos, la persona titular de la presidencia designe otra persona entre las titulares de las vocalías del observatorio.
b) Vicepresidencia.
La vicepresidencia del Observatorio será ejercida por la persona que proponga el pleno de entre aquellas que, formando parte de él, no representen ninguna consellería u organismo autonómica, la Administración central o los grupos parlamentarios.
c) Secretaría.
La secretaría del Observatorio será desempeñada de forma rotatoria y con una periodicidad semestral por una persona funcionaria perteneciente al Consejo Económico y Social de Galicia y por otra persona funcionaria perteneciente a la Consellería de Política Social.
d) Vocales:
1º. Un/una vocal, con rango mínimo de jefatura de servicio, designado/la en representación de los órganos dependientes de la Presidencia y un/una representante por cada una de las consellerías de la Xunta de Galicia
2º. Una persona en representación del Consejo Gallego de Relaciones Laborales.
3º. Una persona en representación del Instituto Gallego de Estadística (IGE).
4º. Una persona en representación de la Delegación del Gobierno en Galicia.
5º. Una persona en representación de la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp).
6º. Una persona en representación de cada una de las tres universidades gallegas.
7º. Un número de personas equivalente al de representantes sindicales en representación de la Confederación de Empresarios de Galicia (CEG).
8º. Una persona en representación de cada una de las organizaciones sindicales intersectoriais más representativas de Galicia, así como de las presentes en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas que no tengan la condición de más representativas.
9º. Una persona en representación de cada uno de los grupos constituidos en el Parlamento de Galicia al inicio de cada legislatura.
10º. Una persona en representación del Consejo Económico y Social de Galicia.
11º. Dos personas expertas de reconocido prestigio en el campo de la demografía.
12º. Una persona en representación del órgano superior de la Xunta de Galicia con competencias en materia de igualdad.